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Comité de nombramientos y remuneraciones


Nombre Carácter
Dña. Anna Mª Birulés Bertrán Independiente
Dª Ruth Duque Santamaría Independiente
D. Vittorio Colussi Dominical
Dña. María Luisa Garrido Miró Secretaria no miembro

FUNCIONES DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y REMUNERACIONES

  • a) Identificar y recomendar, con vistas a su aprobación por el consejo de administración o por la junta general, candidatos para proveer los puestos vacantes del consejo de administración.
  • b) Evaluar el equilibrio de conocimientos, capacidad, diversidad y experiencia del consejo de administración y elaborar una descripción de las funciones y aptitudes necesarias para un nombramiento concreto, valorando la dedicación de tiempo prevista para el desempeño del puesto.
  • c) Evaluar periódicamente, y al menos una vez al año, la estructura, el tamaño, la composición y la actuación del consejo de administración, haciendo recomendaciones al mismo, con respecto a posibles cambios.
  • d) Evaluar periódicamente, y al menos una vez al año la idoneidad de los diversos miembros del consejo de administración y de este en su conjunto, e informar al consejo de administración en consecuencia.
  • e) Revisar periódicamente la política del consejo de administración en materia de selección y nombramiento de los miembros de la alta dirección y formularle recomendaciones.
  • f) Establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el consejo de administración y elaborar orientaciones sobre cómo aumentar el número de personas del sexo menos representado con miras a alcanzar dicho objetivo.
  • g) Formular al Consejo de Administración propuestas para el sistema de remuneración e incentivación, del Presidente, del Consejero Delegado y de los Consejeros que desempeñan cometidos especiales.
  • h) Formular al Consejo de Administración propuestas para las compensaciones y, en general para el sistema de remuneración e incentivos del resto del “personal más relevante”.
  • i) En referencia a los apartados anteriores, proporcionar indicaciones de carácter consultivo sobre:
    • el proceso adoptado para la elaboración de las políticas de remuneración; a este respecto, el mismo Comité asegura la participación de las siguientes funciones empresariales competentes: Área de Personas, Control de Gestión, y la función de Gestión de Riesgos y la de Compliance;
    • el proceso de auto-evaluación del “personal más relevante” y de los criterios de relevancia utilizados;
    • la estructura de los sistemas de remuneración e incentivación, haciendo especial referencia:
      • al equilibrio entre componente fijo y variable;
      • a los indicadores de performance y a los mecanismos de corrección del riesgo tanto ex ante como ex post, con respecto a los cuales referenciar y, en su caso, corregir en el balance final, el componente variable;
      • las decisiones de reparto entre las compensaciones basadas en instrumentos financieros y compensaciones monetarias, además de las relativas a los mecanismos de aplazamiento;
    • la coherencia general de las políticas con el nivel de riesgo y la efectividad y estabilidad de los resultados;
    • la naturaleza y el impacto de las posibles modificaciones en relación a políticas aprobadas anteriormente;
    • al proceso adoptado para los informes ex post, que se proporcionarán a la Junta General, sobre la aplicación de las políticas;
  • j) Proponer, en cumplimiento de la aplicación del proceso de auto-evaluación del “personal más relevante”, el listado de los cargos empresariales calificados como “relevantes”; a este respecto, evalúa la inclusión en el listado mismo de los cargos empresariales calificados como “potencialmente relevantes”;
  • k) Dar soporte al Consejo de Administración en la comprobación de la coherencia de la Política retributiva aprobada por la Junta de Accionistas respecto a la sana y prudente gestión y a las estrategias a largo plazo; a este respecto:
    • supervisa la aplicación de las decisiones adoptadas por la Junta y/o el Consejo de Administración con respecto a las compensaciones del Presidente, del Consejero Delegado, de los Consejeros que desempeñan cometidos especiales y, en general, del personal calificado como “relevante”; con este fin, recibe información, en su caso, de parte de las funciones de Gestión de Riesgos, Compliance y Auditoría Interna;
    • en relación al punto anterior, vigila directamente la correcta aplicación de las reglas relativas a la remuneración de los responsables de las funciones de control interno;
    • como parte de la revisión periódica de las políticas de remuneración, analiza la neutralidad de las políticas de remuneración con respecto al género y verifica la brecha salarial de género y su evolución en el tiempo;
  • l) Informar sobre la actividad desarrollada, prepara comunicaciones y formular propuestas y opiniones razonadas al Consejo de Administración para tratar las cuestiones sobre nombramientos y remuneraciones.
  • m) Y cualquier otra función que venga atribuida por las normas y sea aplicable a la Entidad.