Inicio > Información legal > Obligaciones en materia de comunicación de medios de pago
  • Volver

Obligaciones en materia de comunicación de medios de pago


Se informa a todos nuestros clientes que a partir del 13 de febrero de 2007 y en virtud de la nueva Orden Ministerial EHA/1439/2006, de 3 de mayo, todas las personas que realicen movimientos de medios de pago (efectivo y cheques bancarios al portador) por territorio nacional por importe igual o superior a 100.000 euros o salida o entrada en territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 10.000 euros por persona y viaje, tienen la obligación de cumplimentar, con carácter previo, el modelo de declaración S-1, el cual, según normativa, podrán solicitar en nuestras oficinas, en las Dependencias Provinciales de Aduanas e Impuestos Especiales, en las Administraciones de Aduanas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en las Delegaciones de Economía y Hacienda y en las páginas web del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.