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Nivel de riesgo para las cuentas
Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.
Banco Mediolanum está adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito Español. El límite de la cobertura ofrecida por dicho Fondo es de hasta 100.000€ como máximo por titular.
Cuenta de Pago Básica
Una cuenta para aquellos titulares que no tengan ninguna otra cuenta en otra Entidad.
¿Quién puede contratar una Cuenta de Pago Básica?
Para abrir una cuenta de pago es necesario que el titular no tenga ninguna otra cuenta en ninguna otra entidad y que encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Ser residente en la Unión Europea, aunque no se disponga de domicilio fijo.
- Ser solicitante de asilo.
- No contar con permiso de residencia estando libre de riesgo de expulsión por razones jurídicas o de hecho.
Para abrir una cuenta de pago básica, no es obligatorio adquirir otros productos o servicios en la Entidad.
Servicios de la Cuenta de Pago Básica
Los titulares de la cuenta de pago básica podrían acceder a los siguientes servicios incluidos en la cuenta:
- Ingreso y reintegro de efectivo en la oficina de Banco Mediolanum.
- Reintegros de efectivo mediante tarjeta de débito en los cajeros automáticos de Banco Mediolanum. En el resto de cajeros, Banco Mediolanum repercutirá la comisión cobrada por la entidad del cajero.
- La cuota de emisión y mantenimiento de una tarjeta de débito para realizar operaciones de pago con cargo a la cuenta.
- Transferencias nacionales y países de la UE.
Condiciones de la cuenta
- Plazo de contratación: hasta el 31/12/2024.
- El TIN anual de la Cuenta de Pago Básica es en todos los casos el mismo, tanto en el caso de pagar comisiones como de no hacerlo.
- Comisión de mantenimiento de la cuenta: 3 euros al mes. La Liquidación de la cuenta se realiza con periodicidad semestral (18 euros al semestre).
- Ejemplo:
- 0% TIN anual, TAE -0,60% calculada para un saldo medio de 6.000€ durante un año completo. La liquidación de la cuenta se realiza con periodicidad semestral. Comisión de mantenimiento de 36€ al año (18€ al semestre).
- 0% TIN anual, TAE -1,20% calculada para un saldo medio de 3.000€ durante un año completo. La liquidación de la cuenta se realiza con periodicidad semestral. Comisión de mantenimiento de 36€ al año (18€ al semestre).
- 0% TIN anual, TAE 0% en el caso de acogerse al régimen de gratuidad y no tener que pagar comisión de mantenimiento.
Régimen gratuito para personas en situación de vulnerabilidad.
El titular de la cuenta de pago básica no tendrá que pagar comisión de mantenimiento de la cuenta si acredita que se encuentra en situación especial de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera, en los términos previstos en el Real Decreto 164/2019, de 22 de marzo, por el que se establece un régimen gratuito de cuentas de pago básicas.
Para tener derecho a este régimen gratuito, todos los titulares y autorizados deberán acreditar que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Para ello, el titular o los titulares deberán solicitar a Banco Mediolanum el reconocimiento del derecho a que se les aplique el régimen gratuito y acreditar que sus ingresos económicos brutos, computados anualmente y por unidad familiar, no superan:
- Tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples de doce pagas vigente en el momento de efectuar la solicitud, si no está integrado en ninguna unidad familiar.
- Tres veces y media dicho indicador si está integrado en una unidad familiar de menos de cuatro miembros.
- Cuatro veces dicho indicador si se trata de una unidad familiar de cuatro o más miembros o que tenga reconocida la condición de familia numerosa, o si se trata de una unidad familiar que tenga en su seno a una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento reconocido oficialmente.
Además, ninguno de los integrantes de la unidad familiar podrá ser titular, directa o indirectamente, de ningún derecho real sobre bienes inmuebles, excluida la vivienda habitual, ni ostentar titularidad real de sociedades mercantiles.
Sin embargo, quedará exento de cumplir los requisitos mencionados anteriormente si es víctima de trata o explotación sexual.
Para la determinación del concepto de unidad familiar se estará a lo establecido la Ley 35/2006 del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. No obstante, a estos efectos, tendrán la misma consideración las parejas de hecho constituidas de conformidad con los requisitos que les fueran exigibles, que los cónyuges no separados legalmente.
El titular, y autorizados, deberán aportar a Banco Mediolanum la siguiente información de todas las personas que conformen la unidad familiar:
- Número de personas que componen la unidad familiar, aportando el libro de familia o documento acreditativo de la inscripción como pareja de hecho.
- Percepción de los ingresos, para cuya acreditación cada uno de sus miembros deberá aportar alguno de los siguientes documentos:
- Certificado de rentas y, en su caso, certificado del Impuesto de Patrimonio, del último ejercicio tributario.
- Últimas tres nóminas percibidas.
- Certificado de prestaciones o subsidios por desempleo, expedido por la entidad gestora, en el que figure la cuantía mensual percibida.
- Certificado de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas y las entidades locales.
- En caso de trabajadores por cuenta propia, certificado expedido por el órgano gestor en el que figure la cuantía mensual percibida si estuviera percibiendo la prestación por cese de actividad.
Si el titular no dispone de esta documentación, deberá aportar un informe emitido por los servicios sociales del Ayuntamiento en que esté empadronado, en el que se indique la composición de la unidad familiar o en el que se motive la idoneidad para el acceso al régimen gratuito de la cuenta de pago básica.
Además, el titular autorizará al Banco para que éste pueda obtener por medios telemáticos información sobre la ausencia de titularidad de derechos reales sobre bienes inmuebles y de sociedades mercantiles.
El Banco comunicará al titular el reconocimiento o la denegación de la condición de gratuidad por escrito y de forma gratuita, en el plazo máximo de 30 días desde la fecha de la aportación completa de la información señalada. Transcurrido este plazo sin que el Banco haya remitido comunicación al titular, se entenderá que reconoce la gratuidad.
El régimen gratuito de la cuenta de pago básica se mantendrá durante un periodo de dos años, a contar desde su reconocimiento. Dos meses antes de que transcurra este plazo, el Banco solicitará al titular que actualice la información que acredite su situación de vulnerabilidad. En cualquier caso, el titular perderá el derecho al régimen gratuito si el Banco verifica que ha dejado de estar dentro del colectivo de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera.